Para profesionales
Si vendes, alquilas o instalas, el papeleo energético es un cuello de botella que se repite en cada operación. Lo resolvemos con tarifa y plazos acordados de antemano.
Con quién trabajamos
Según de qué lado del negocio estés, lo que necesitas es distinto.
Certificados energéticos para tus operaciones de venta y alquiler, con plazo fijo para que ninguna firma se retrase por el papeleo. Coordinamos la visita directamente con el propietario o con quien tenga las llaves: tú no haces de intermediario.
Nos ocupamos de la parte administrativa de tus instalaciones: la declaración responsable ante el ayuntamiento, la solicitud de bonificaciones de ICIO o IBI donde existan, los certificados energéticos y la gestión de subvenciones cuando hay convocatoria abierta. Tú instalas, nosotros hablamos con la administración.
Qué cambia trabajando así
Una tarifa acordada por volumen, que puedes meter en tus presupuestos sin tener que preguntarnos cada vez.
Nos comprometemos a una fecha y tú se la puedes dar a tu cliente sin cruzar los dedos.
Ni contrato de permanencia ni mínimo mensual. Nos mandas los casos según te vayan saliendo.
Para instaladores
Quien instala paneles solares o mejora la envolvente de su vivienda puede recuperar parte de la inversión en su declaración de la renta. No son subvenciones: son deducciones fiscales, se aplican en el IRPF y no dependen de que haya convocatoria abierta. Poder decírselo al cliente con datos concretos ayuda a cerrar la venta.
40 %
Deducción fiscal autonómica · Comunidad Valenciana
Por instalaciones de autoconsumo o generación con renovables. Un 20 % si es segunda vivienda.
60 %
Deducción fiscal estatal · Rehabilitación energética
Por obras que reduzcan al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o que lleven el edificio a calificación A o B.
Por eso nos interesa hablar contigo antes de que empieces, no después. Ver cómo funcionan los certificados
Resumen informativo para orientar la conversación con tu cliente; no es asesoramiento fiscal. Cada caso depende de la situación concreta del contribuyente y de la normativa vigente en el ejercicio, así que conviene contrastarlo con un asesor o con la Agencia Tributaria antes de dar cifras por seguras.
Cómo empezamos
No hay contrato de permanencia ni mínimo mensual. Acordamos tarifa y plazos, y a partir de ahí nos vas mandando los casos según te vayan saliendo.
Dinos cuántas operaciones o instalaciones sueles tener al mes y en qué zona, y te pasamos una propuesta de tarifa y plazos.
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Calle Ángel Villena 13, 46013 Valencia
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